¿Cómo solicitar y aplicar a un permiso de Residencia para Panamá?

¿Cómo solicitar y aplicar a un permiso de Residencia para Panamá?

Para solicitar un Permiso de Residencia o visa, debes estar en la República de Panamá; la solicitud debe tramitarla tu abogado ante el Servicio Nacional de Migración. En algunos países, las visas pueden ser solicitadas antes los consulados o embajadas en tu país,  pero en el caso de Panamá para aplicar a todas las visas que otorgan Residencia Temporal o Permanente debes estar en Panamá. 
Debes estar en Panamá para realizar la solicitud de tu Permiso de Residencia.
 Debes verificar los requisitos que sean necesarios para aplicar al Permiso de Residencia. Cada Permiso de Residencia cuenta con sus propios recaudos. Puedes adelantar algunos requisitos ante de llegar a Panamá. Muchos de los documentos deben contar con traducción, apostilla o legalización, por eso es importante su verificación. Valida también la vigencia de los documentos, ya que algunos de ellos caducan, por ejemplo:
Las actas de matrimonio no pueden tener más de 6 meses de expedida para el momento de presentar la solicitud.
Los Requisitos de cada visa pueden ser verificados en nuestro website haciendo click aquí.
Una vez que verifiques que cuentas con los requisitos, entra en contacto con nosotros, contrata una consulta con uno de nuestros especialistas (precio de la consulta $80) que será descontada de tu presupuesto al contratar el servicio. El objetivo de esta consulta es validar solo los detalles sobre los cuales tengas duda y que no logres resolver en nuestras preguntas frecuentes o tickets de consultas. 
Puedes generar un presupuesto en línea para tu trámite, así sabrás si cuentas con los recursos necesarios. 
Generar un presupuesto es necesario, debes saber cuánto te costará tramitar tu residencia. 
Una vez en Panamá, serás bienvenido en nuestra oficina para firmar los documentos necesarios que habremos preparado con anticipación, te asistiremos en la apertura de una cuenta bancaria si esta es necesaria y coordinaremos contigo los siguientes pasos: 

1. Registro ante migración.
 El primero paso es presentar el Registro de tu persona y tus datos ante el Servicio Nacional de Migración. Debes asistir acompañado por nosotros para recoger tus datos, fotografía y firma ante el organismos. Se te asignará un número de registro que permite hacer seguimiento a todos tus trámites. 

2. Presentación de la solicitud.
Nuestra oficina realizará la presentación de tu solicitud de Residencia ante SNM (Servicios Nacional de Migración). Ese mismo día sabremos si la solicitud ha sido aceptada y te lo comunicaremos. 

3. Fotografía y Carnet de Migración.
 Debes asistir nuevamente al SNM para procesar tu Carnet de Trámite. Este documento tiene una validez de 6 meses, tiempo en el cual Migración se habrá decidido tu solicitud. Mientras estás en la etapa de trámite podrás transitar libremente dentro de Panamá y también podrás salir al exterior con el uso de una visa múltiple.

4. Entrega de documentos y visa múltiple.
 Posterior a la entrega del carnet de trámite. Nuestro despacho realizará la solicitud de una visa múltiple si nuestro cliente requiere salir de Panamá durante el plazo de los 6 meses siguientes, y coordinará con él la devolución de su pasaporte o cualquier otro documento. 

LAPSO DE APROBACION DEL TRAMITE. - ENTRE 4 Y 6 MESES.   
Si por alguna razón su trámite no concluye en el lapso de los 6 meses, el SNM prorrogará el plazo durante 3 meses adicionales, para esa prorroga usted se debe presentar antes del vencimiento del plazo inicial. 
LEGALYS le informará mediante notificaciones el curso de su solicitud o usted también podrá consultarlo en el portal de clientes. 
Una vez que su trámite alcance la etapa de notificación le informaremos para que se presente ante el SNM. Coordinaremos con Usted la notificación de la resolución que le otorga su residencia y su nuevo carnet de residente. 

5. Notificación y nuevo carnet de residente.
Una vez que su trámite está en la etapa de notificación usted debe hacer presencia para realizarla. Es necesario que usted esté presente en Panamá ya que se requiere su pasaporte para ese trámite. Realizada la notificación de su residencia coordinaremos para que sea sustituido su carnet de trámite por su carnet de residente. 

Si usted ha aplicado a una visa de residente temporal se le otorgará un carnet por el tiempo de validez de su Permiso.
Si usted ha aplicado a una visa de Residente Permanente se le otorgará una carnet con validez indefinida. Este carnet no vence.  Si su Residencia es permanente tendrá derecho a tramitar una cédula de extranjero. Los documentos para la cédula serán obtenidos por Legalys y le serán entregados de 30 a 45 días calendarios posteriores a su Carnet de Residencia.

6. Cédula E-
Los residentes permanentes tienen derecho a un documento de identidad como extranjeros llamada cédula E-. Este documento podrá ser tramitado posterior al trámite del carnet de Residente y no hay que aportar documentos adicionales. 

PERMISO DE TRABAJO. 
Aquellas visas o permisos de residencia que dan derecho a Permiso de Trabajo, serán tramitados ante el Ministerio del Trabajo después que ha concluido el trámite de la residencia, con algunas excepciones. En la mayoría de las visas el permiso de trabajo se tramita una vez concluido en trámite de residencia. Para consultar los permisos de trabajo haz click aquí. 

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